Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas suelo.

Francisco Jalón lópez Derecho Bancario

Esta mañana hemos conocido el fallo de la esperada Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas suelo, en la que se declara la retroactividad total de las cantidades entregadas por los consumidores a las entidades bancarias en aplicación de las llamadas «cláusulas suelo».

Lo anterior no quiere decir que las entidades tengan de manera automática que devolver el dinero a los consumidores que hayan suscrito un préstamo hipotecario que incorpore las tristemente famosas cláusulas suelo sino que en los procedimientos judiciales para la nulidad de cláusulas suelo, las sentencias estimatorias producirán tal retroactividad desde el inicio.

Es decir, que al igual que lo venía declarando el Art. 1303 de nuestro Código Civil, declarada la nulidad, operará la restitución de cantidades sin los límites que estableció en su momento la Sentencia del Tribunal Supremo, es decir, desde 9 de mayo de 2013.

Según fuentes del Banco de España, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre cláusulas suelo puede costar la friolera de 4.000 millones de euros a las entidades bancarias que las han comercializado, muchas de ellas ya han comenzado a provisionar con el fin de adelantarse a lo que, sin duda, va a suponer un nuevo aluvión de demandas contra el sector.

 

En Mingo de Miguel & Jalón Abogados somos especialistas en Derecho Bancario y Consumo financiero y Bancario por lo que animamos a los afectados a que nos consulten su caso, que sin duda, estaremos encantados de atender.